APV Régimen A: el bono del 15% que el Estado deposita en tu cuenta
El Régimen A del APV es la opción donde el Estado chileno te deposita directamente el 15% de lo que ahorraste. No es una rebaja de impuestos: es dinero real que llega a tu cuenta de pensiones. Esta guía explica cómo funciona, cuánto puedes recibir y quién debería elegirlo.
¿No conoces el APV todavía? Primero lee: ¿Qué es el APV?
¿Qué es el Régimen A del APV?
El Régimen A es una de las dos modalidades de beneficio tributario que ofrece el APV. Bajo este régimen, el Estado deposita en tu cuenta APV una bonificación equivalente al 15% del monto que aportaste durante el año, con un tope máximo de 6 UTM anuales.
A diferencia del Régimen B (que reduce impuestos), el Régimen A entrega dinero concreto que queda invertido en tu cuenta. Es como si por cada $100 que depositas, el Estado agrega $15 adicionales — hasta cierto límite.
¿Cómo funciona la bonificación del 15%?
El cálculo es simple: al final del año tributario, el SII totaliza todos tus aportes APV en Régimen A y aplica el 15% sobre ese monto. El resultado queda depositado en tu cuenta APV en el año siguiente (generalmente mayo-junio).
Ejemplo concreto:
Ejemplo: Si aportaste $100.000 al mes durante 12 meses = $1.200.000 anuales.
Bono del Estado: $1.200.000 × 15% = $180.000 depositados en tu cuenta APV.
Total en tu cuenta: $1.200.000 + $180.000 = $1.380.000 (antes del rendimiento del fondo).
Topes del Régimen A en AT2026
El bono máximo que puedes recibir en un año es de 6 UTM. En 2026, 1 UTM = $69.542, por lo que:
| Concepto | Valor AT2026 |
|---|---|
| 1 UTM (abril 2026) | $69.542 |
| Bono máximo (6 UTM) | $417.252 |
| Aporte necesario para el bono máximo | $2.781.680 anuales (~$231.807/mes) |
| Tope total APV (ambos regímenes) | 600 UF anuales (~$22.640.000) |
Si aportas más de $2.781.680 al año en Régimen A, el exceso no recibe bono adicional (aunque sí crece con el rendimiento del fondo). Para más detalle: guía de topes APV.
¿A quién conviene el Régimen A?
El Régimen A favorece principalmente a:
- Sueldos bajos y medios (hasta ~$1.500.000 - $2.000.000 líquido): porque el bono fijo del 15% es más valioso que la rebaja de un tramo de impuesto bajo.
- Personas que no pagan IGC (rentas imponibles bajo ~$900.000/mes): el Régimen B rebaja impuestos, pero si no pagas impuestos, no hay nada que rebajar. El Régimen A siempre entrega el bono.
- Trabajadores independientes con ingresos variables que algunos meses no tienen renta imponible.
¿Cuándo se deposita el bono?
El bono del Régimen A no llega inmediatamente. El proceso es:
- Durante el año, haces tus aportes APV a través de la institución elegida (AFP, banco, etc.).
- Tu empleador informa al SII los descuentos APV a través de la Declaración Jurada 1895 (DJ1895) o el Libro de Remuneraciones.
- El SII procesa la información y calcula el bono.
- El bono se deposita en tu cuenta APV entre mayo y junio del año siguiente.
Si eres independiente, el plazo puede extenderse hasta julio o agosto, ya que el proceso pasa por tu declaración de renta del F22.
Riesgos: qué pasa si retiras anticipadamente
Retiro anticipado en Régimen A — consecuencias:
- El Estado descuenta el bono recibido más un 3% adicional calculado sobre ese bono.
- El retiro se considera renta del año y paga IGC según tu tramo.
- El dinero del fondo (tu aporte original + rendimiento) sí puedes retirarlo, pero con la deducción anterior.
En resumen: retirar anticipadamente es caro. El APV está diseñado para el largo plazo.
Régimen A vs Régimen B: comparación rápida
| Criterio | Régimen A | Régimen B |
|---|---|---|
| Tipo de beneficio | Bono en cuenta (15%) | Rebaja de impuesto (IGC) |
| Cuándo se recibe | Mayo-junio año siguiente | Abril (devolución F22) o mensual en planilla |
| Beneficia más a | Rentas bajas/medias, sin IGC | Rentas altas (tramos altos de IGC) |
| Tope de beneficio | 6 UTM (~$417.000/año) | Sin tope de beneficio (hasta 600 UF aportadas) |
| Penalidad retiro anticipado | Bono + 3% sobre bono + IGC | Impuesto único 15% sobre retiro |
Para una comparación detallada: guía APV Régimen B.
Preguntas frecuentes — Régimen A
¿Puedo cambiar de Régimen A a Régimen B?
Sí. Puedes cambiar de régimen una vez al año, al momento de hacer la declaración de renta (abril). El cambio aplica para los aportes del año siguiente. Si cambiaste durante el año, los aportes anteriores al cambio siguen con el régimen original.
¿El bono del 15% también crece con el fondo?
Sí. Una vez depositado en tu cuenta APV, el bono queda invertido en el mismo fondo que tu aporte principal y genera rendimiento hasta la jubilación.
¿Qué pasa si cambio de trabajo?
El APV es tuyo, no de tu empleador. Al cambiar de trabajo, tu cuenta APV sigue activa y los aportes que hiciste permanecen invertidos. Si quieres seguir aportando, coordinas con la nueva empresa o lo haces directamente con la institución donde tienes el APV.
Simula cuánto recibirías con Régimen A
Ingresa tu sueldo y el monto que quieres aportar. Ves el bono estimado y si conviene más el Régimen A o el B para tu caso.
Simular ahora — gratis →- Superintendencia de Pensiones — spensiones.cl (normativa APV)
- SII — sii.cl (DJ1895, APV en declaración de renta)
- CMF — cmfchile.cl (regulación de instrumentos APV)
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