APV Régimen B: rebaja directa en tu impuesto IGC, mes a mes
El Régimen B del APV descuenta lo que aportas de tu base imponible, reduciendo el impuesto que pagas. Para rentas altas, el ahorro puede ser dos o tres veces mayor que el bono del Régimen A. Aquí te explicamos exactamente cómo funciona y cuánto puedes ahorrar.
¿No conoces el APV todavía? Primero lee: ¿Qué es el APV?
¿Qué es el Régimen B del APV?
El Régimen B es la modalidad tributaria del APV en la que los aportes que realizas reducen tu base imponible para el Impuesto Global Complementario (IGC). En términos simples: el dinero que depositaste al APV "no cuenta" como ingreso para efectos del impuesto anual, por lo que pagas menos.
A diferencia del Régimen A (que entrega un bono fijo del 15%), en el Régimen B el beneficio depende de tu tasa marginal de impuesto: mientras mayor sea el tramo que pagás, mayor es el ahorro por cada peso aportado.
¿Cómo funciona la rebaja en el IGC?
El IGC en Chile es un impuesto progresivo que se calcula anualmente sobre todas tus rentas. Si trabajas en relación de dependencia, tu empleador retiene mensualmente una cantidad aproximada (el Impuesto Único de Segunda Categoría), y en abril ajustas con la declaración del F22.
Cuando aportas al APV en Régimen B:
- El monto aportado se descuenta de tu renta imponible antes de calcular el impuesto.
- El impuesto se calcula sobre la base imponible reducida.
- Pagas menos impuesto: la diferencia es tu ahorro tributario.
Ejemplo: Tu renta imponible anual es $18.000.000 y aportaste $2.000.000 al APV.
Base imponible con APV: $18.000.000 − $2.000.000 = $16.000.000
Impuesto sin APV (aprox.): $900.000 | Con APV: $600.000
Ahorro: ~$300.000 (equivalente al 15% de tu aporte, similar al Régimen A en este tramo).
Por planilla vs declaración anual: cuándo ves el beneficio
Hay dos formas de hacer APV en Régimen B, y cada una entrega el beneficio en un momento distinto:
Por planilla (descuento mensual): Tu empleador descuenta el APV de tu liquidación y lo remesa a la institución. El beneficio tributario es inmediato: cada mes pagas menos impuesto en la misma liquidación. El tope mensual de descuento es de 50 UF.
Depósito directo / convenio: Tú haces los aportes directamente a la AFP o institución. El beneficio lo recuperas en abril del año siguiente al declarar el F22: el SII calcula la diferencia y te devuelve el impuesto pagado de más.
Topes del Régimen B en AT2026
El tope de APV es el mismo para ambos regímenes: 600 UF anuales. Sin embargo, si el descuento va por planilla, el máximo mensual es de 50 UF. Cualquier aporte adicional sobre ese límite no tiene beneficio tributario (aunque sí puede seguir creciendo en el fondo).
Ver detalles completos de topes: guía de topes APV 2026 →
Tabla de ahorro estimado por tramo IGC (AT2026)
El ahorro en Régimen B depende de tu tramo marginal. Si aportas $1.000.000 al APV Régimen B, este es el ahorro estimado según tu tramo:
| Tramo IGC (renta imponible anual) | Tasa marginal | Ahorro por $1.000.000 aportado |
|---|---|---|
| Hasta $9.733.560 (~$811.000/mes) | 0% | $0 (no paga IGC) |
| $9.733.560 – $21.630.120 | 4% | ~$40.000 |
| $21.630.120 – $36.050.200 | 8% | ~$80.000 |
| $36.050.200 – $50.470.280 | 13,5% | ~$135.000 |
| $50.470.280 – $64.890.360 | 23% | ~$230.000 |
| $64.890.360 – $86.520.480 | 30,4% | ~$304.000 |
| $86.520.480 – $115.360.640 | 35% | ~$350.000 |
| Más de $115.360.640 | 40% | ~$400.000 |
Valores referenciales AT2026. El ahorro real depende de tu renta total anual, otros créditos y deducciones. Simula tu caso exacto →
¿A quién conviene el Régimen B?
- Rentas altas (renta imponible mensual sobre ~$2.500.000): el ahorro supera ampliamente el bono máximo del Régimen A ($417.000/año).
- Trabajadores con IGC alto (tramos del 23%, 30,4%, 35% o 40%): cada peso aportado genera un beneficio proporcional a la tasa.
- Personas que quieren recibir el beneficio mes a mes en lugar de esperar al año siguiente.
Riesgos: impuesto único por retiro anticipado
Retiro anticipado en Régimen B:
- Pagas un impuesto único del 15% sobre el monto retirado, independiente de tu tramo de IGC.
- No pagas IGC adicional sobre el retiro (el 15% es definitivo).
- En algunos casos, si tu tramo es del 35% o 40%, el retiro anticipado puede resultar "más barato" tributariamente que lo que ahorrabas — pero igual representa una penalidad y reduce tu pensión futura.
¿Cuándo cambiar de Régimen B a Régimen A?
Tiene sentido evaluar el cambio si tu renta bajó significativamente (por ejemplo, cambio de trabajo, período de inactividad, jubilación anticipada) y ya no estás pagando tramos altos de IGC. El cambio se hace una vez al año en la declaración de renta de abril.
También conviene revisar el régimen si tus aportes son pequeños y el bono fijo del Régimen A supera lo que ahorrarías en impuestos.
Preguntas frecuentes — Régimen B
¿Puedo hacer APV Régimen B si soy independiente?
Sí. Los trabajadores independientes que cotizan en AFP pueden hacer APV Régimen B. El beneficio se recibe en abril con la devolución del F22. Ver detalle en APV para independientes →
¿El Régimen B funciona para APV colectivo?
Sí. El APV Colectivo (APVC) también puede estar en Régimen B. Aplican las mismas reglas tributarias, con la diferencia de que el empleador puede hacer aportes adicionales.
Simula tu ahorro tributario exacto
Ingresa tu renta imponible y el monto APV. Ves si te conviene más el Régimen A o el B, y cuánto ahorras en impuestos.
Simular ahora — gratis →- SII — sii.cl (Tabla IGC AT2026, Formulario 22)
- Superintendencia de Pensiones — spensiones.cl
- CMF — cmfchile.cl
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