La asignación de colación y movilización no descuenta cotizaciones previsionales, pero en la declaración anual de renta sí aparecen en tu base imponible del Impuesto Global Complementario (IGC). Para muchos trabajadores eso puede ser la diferencia entre quedarse en un tramo o saltar al siguiente y pagar más. Acá analizamos exactamente cuándo ocurre ese salto y si un aporte APV Régimen B puede neutralizarlo.
Por qué la colación y movilización aparecen en tu renta anual
En Chile, las asignaciones de colación y movilización están exentas de cotizaciones previsionales y de salud, lo que significa que no forman parte de la remuneración imponible mensual. Hasta ahí todo bien. El problema aparece al cierre del año tributario: el SII las incluye en la base del IGC cuando superan ciertos montos razonables o cuando no están claramente pactadas como tales en el contrato.
En términos prácticos, si recibes $150.000 mensuales entre colación y movilización, al año sumas $1.800.000 que podrían engrosar tu base imponible global. No es una cifra menor cuando un tramo del IGC puede distanciarse en apenas algunas UTM.
Los tramos del IGC que debes tener en radar
Para el año tributario 2026 (rentas 2025), la tabla del IGC tiene los siguientes tramos relevantes:
- Exento: hasta 13,5 UTM anuales.
- 4%: desde 13,5 hasta 30 UTM.
- 8%: desde 30 hasta 50 UTM.
- 13,5%: desde 50 hasta 70 UTM.
- 23%: desde 70 hasta 90 UTM.
- 30,4%: desde 90 hasta 120 UTM.
- 35%: desde 120 hasta 150 UTM.
- 40%: sobre 150 UTM.
Con la UTM de referencia para 2025 en torno a $68.000–$70.000 (confirma el valor exacto en sii.cl), el tramo exento equivale a poco más de $900.000 mensuales de renta anualizada. Un trabajador que gana cerca de ese límite y recibe colación y movilización podría quedar en el tramo del 4%, pagando impuesto sobre lo que exceda.
El salto más doloroso suele ser el que va del 8% al 13,5%, o del 13,5% al 23%. Ahí, algunos miles de pesos adicionales de asignaciones pueden costar varios meses de esfuerzo tributario.
APV Régimen B: cómo reduce la base imponible
El Régimen B del APV funciona rebajando directamente tu base imponible del IGC. Es decir, cada peso que aportas al APV en Régimen B es un peso menos sobre el cual el SII calcula tu impuesto anual. Eso lo convierte en la herramienta más directa para compensar el efecto de ingresos adicionales como la colación y movilización que sí quedan en tu base.
Ejemplo concreto: supón que tu renta anual líquida queda en 55 UTM (ya dentro del tramo del 13,5%) y que de esas 55 UTM, unas 2–3 corresponden a asignaciones que el SII considera renta. Si aportas APV Régimen B equivalente a esas 2–3 UTM, vuelves a caer bajo las 50 UTM y pagas solo el 8% en ese tramo. La diferencia marginal puede ser de $30.000 a $80.000 de impuesto, dependiendo del caso.
¿Esto es diferente al caso de gratificaciones y bonos?
Sí, y la distinción importa. Las gratificaciones y bonos son remuneración imponible desde el primer peso: cotizan en AFP y Fonasa/Isapre, y su impacto en el IGC es más predecible y visible en la liquidación mensual. La colación y movilización, en cambio, viajan bajo el radar porque no cotizan mensualmente, lo que lleva a muchos trabajadores a olvidar que igual suman al cierre del año.
Además, el monto anual de asignaciones suele ser más constante y difícil de negociar que un bono puntual. Por eso, planificar el APV considerando específicamente este componente tiene lógica propia: es un ajuste pequeño pero recurrente.
¿Cuánto puedo aportar en Régimen B?
El tope general del APV es 600 UF anuales (o 50 UF por mes descontados por planilla). Para cubrir el efecto de 2–3 UTM de asignaciones, habitualmente basta con aportes mensuales de 1 a 3 UF, muy por debajo del tope. En la práctica, la mayoría de los trabajadores afectados por este fenómeno no necesitan aportes grandes: solo los suficientes para mantenerse bajo el umbral del tramo siguiente.
Si quieres calcular exactamente cuánto aportar para no saltar de tramo, la manera más directa es estimar tu renta bruta anual (incluyendo colación y movilización si corresponde), ubicarla en la tabla del IGC y restar la distancia al techo del tramo en que estás. Ese delta es tu objetivo de aporte APV Régimen B. Recuerda siempre verificar las condiciones específicas de tu plan en spensiones.cl.
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