Una licencia médica puede durar días, semanas o incluso meses, y durante ese tiempo tu remuneración habitual desaparece y la reemplaza un subsidio por incapacidad laboral. Lo que casi nadie te advierte es que ese cambio de ingreso tiene consecuencias directas sobre tu APV: puede afectar cuánto puedes aportar, desde dónde se descuenta y, sobre todo, cómo se calcula el bono del 15% del Régimen A. Aquí te lo explicamos sin letra chica.
¿Qué es el subsidio por incapacidad laboral y por qué importa para el APV?
Cuando un trabajador dependiente recibe una licencia médica aprobada, su empleador deja de pagarle la remuneración normal. En cambio, el trabajador recibe un subsidio por incapacidad laboral (SIL) pagado por la ISAPRE o Fonasa, cuyo monto se calcula sobre un promedio de remuneraciones imponibles de los últimos tres meses. Este subsidio no es una remuneración: es una prestación de seguridad social, y esa distinción legal lo cambia todo.
El APV en Régimen A funciona con un bono fiscal del 15% sobre los aportes del año, con un tope de 6 UTM anuales (aproximadamente $417.252 según valores AT2026). Pero ese bono está diseñado para beneficiar a trabajadores cuya carga tributaria real se reduce gracias al APV. Si tu ingreso cambia de naturaleza durante la licencia, el mecanismo se comporta diferente a lo que estás acostumbrado.
¿Puedes seguir aportando APV mientras estás con licencia?
La respuesta corta es: sí, pero depende de cómo lo hagas. Existen dos vías de aporte al APV y cada una se comporta distinto durante una licencia médica.
- Descuento por planilla (empleador): Durante la licencia, el empleador no paga remuneración, por lo que técnicamente no hay planilla desde la cual descontar. Si la licencia es total y prolongada, el descuento mensual por planilla simplemente no ocurre. El tope mensual de 50 UF por planilla aplica cuando hay remuneración; sin ella, no hay base de descuento.
- Depósito directo (trabajador): Puedes seguir depositando directamente en tu cuenta APV en la AFP, corredora o compañía de seguros, hasta el límite general de 600 UF anuales. Esta vía no depende de que tengas empleador activo ni remuneración mensual. Solo necesitas acceso a la plataforma y fondos propios.
¿Qué pasa con el bono del 15% del Régimen A?
Aquí está el punto más delicado. El bono fiscal del Régimen A equivale al 15% de tus aportes anuales, con un tope de 6 UTM (~$417.252 AT2026). Para recibirlo, el SII calcula si ese bono es igual o menor a la diferencia de impuesto que el APV te generó. En términos simples: el bono tiene como límite superior lo que habrías pagado de impuesto sin el APV.
El subsidio por incapacidad laboral no tributa en el IGC como renta ordinaria. Esto significa que, durante los meses de licencia, tu base imponible para el Impuesto Global Complementario puede ser considerablemente más baja que un año normal. Si tus ingresos anuales totales (sumando los meses trabajados más el subsidio) quedan dentro del tramo exento de hasta 13,5 UTM o en tramos bajos, el bono Régimen A podría verse reducido porque el ahorro tributario efectivo es menor.
Estrategias prácticas durante la licencia médica
Estar enfermo ya es suficiente problema; perder beneficios previsionales por burocracia lo es aún más. Aquí van algunas acciones concretas que puedes evaluar:
- Activa el aporte directo: Ingresa a la plataforma de tu AFP u operadora APV y configura un depósito periódico desde tu cuenta corriente o cuenta vista. Aunque sea un monto menor al habitual, mantener el flujo de aportes protege tu derecho al bono.
- Revisa tu situación tributaria anual: Si tu ingreso anual cae mucho por la licencia, considera si conviene mantener Régimen A o si ese año tiene más sentido aportar en Régimen B (deducción de base imponible), dependiendo de en qué tramo IGC quedas. Puedes simular ambos escenarios en simulaAPV.cl.
- Habla con tu empleador antes de reintegrarte: Al volver al trabajo, coordina con RRHH para retomar el descuento por planilla si es que lo tenías activo, y verifica que la cuenta APV siga operativa y vigente.
- Conserva tus liquidaciones y certificados: Al momento de la Operación Renta, el SII usará los certificados de tu AFP y de tu empleador. Si hubo meses de subsidio, asegúrate de que el certificado de la mutual o ISAPRE esté disponible para cuadrar tus ingresos reales del año.
Lo que debes confirmar con fuentes oficiales
La normativa tributaria y previsional puede actualizarse, y cada caso tiene sus particularidades según el tipo de contrato, el régimen de salud y la duración de la licencia. Para tu situación específica, te recomendamos revisar las condiciones exactas del bono Régimen A en spensiones.cl, la tributación del subsidio por incapacidad en sii.cl, y las condiciones de tu contrato APV directamente con tu operadora.
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